Resumen: C-83/22, Tuk Tuk Travel, Cuestión prejudicial. Se pregunta si en los viajes combinados y los servicios de viaje vinculados debe incluirse entre la información precontractual obligatoria al viajero, el derecho a resolver el contrato antes de su inicio, obteniendo el reintegro íntegro de lo abonado, cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias que afecten significativamente a la ejecución del viaje. Se canceló el viaje debido a la situación sanitaria que estaba ocurriendo en Vietnam y Camboya. Se pregunta también si es conforme al Derecho de Unión Europea la limitación impuesta por el derecho procesal español que no permite en ningún caso que una sentencia conceda al demandante más de lo que pidió en su demanda.